ARTICULOS PELIGROSO EN EQUIPAJE
Por razones de seguridad, el transportista negará el transporte como equipaje,
de mano o facturado, de aquellos artículos y sustancias peligrosas que pueden
constituir un riesgo, tales como:
· Gases (comprimidos, licuados, en solución o intensamente
refrigerados), incluidos los aerosoles, que sean inflamables, tóxicos o inocuos
tales como, butano, oxígeno, nitrógeno líquido, aerosoles conteniendo gases
paralizantes, tubos de relleno para encendedores de gas licuado, botellas de
aire para buceo, etc.
· Corrosivos, sólidos o líquidos, tales como: ácidos, alcalinos,
mercurio, acumuladores eléctricos húmedos (baterías).
· Explosivos tales como municiones, fuegos artificiales y bengalas,
maletines con dispositivos de alarma, fulminantes para pistolas de juguetes,
etc.
· Líquidos inflamables tales como combustibles, pinturas, diluyentes,
etc.
· Materiales radioactivos cualesquiera que sea su categoría.
· Materiales oxidantes y peróxidos orgánicos, tales como: blanqueadores,
abonos, etc.
· Sustancias tóxicas e infecciosas, insecticidas, plaguicidas, productos
biológicos que contengan gérmenes patógenos, etc.
· Sólidos inflamables tales como fósforos.
· Armas, entendiéndose por tales a todo elemento u objeto que esté hecho, o
pueda ser utilizado, para el ataque o defensa, tales como: armas de fuego,
armas blancas, gases, elementos de choque eléctrico, punzantes, con filo,
contundentes, entre las que se pueden incluir porras, hachas y bastones o
palos.
Con el objeto de velar por la seguridad del vuelo y cumplir con la normativa
vigente (DAR-17), el transportista y el personal de seguridad del aeropuerto,
podrán hacer retiro para proceder a su destrucción, de los artículos peligrosos
transportados por los pasajeros en su equipaje de mano.
Algunos de los artículos mencionados anteriormente, pueden ser transportados
por vía aérea bajo condiciones especiales, bajo guía y tarifa de carga aérea.
Mayor información puede consultar en:
www.tsa.gov/interweb/assetlibrary/Chart_Brochure_Spanish.pdf
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